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jueves, 13 de octubre de 2011

OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON CONTENEDOR DE RECOGIDA DE ESCOMBROS.

COMUNICACIÓN DE OCUPACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA CON CONTENEDOR DE RECOGIDA DE ESCOMBROS en VALENCIA.


Arquitecto-Valencia










Hoy desde DG Arquitecto Valencia queremos mostraros información sobre los pasos a dar para poder colocar un contenedor de recogida de escombros procedentes de las obras en la ciudad de Valencia, muchas veces no pedimos permiso al Ayuntamiento para este tipo de cosas simplemente por desinformación, esperamos que les sea útil.




1. Descripción

Procedimiento de actuación comunicada para la ocupación de la vía pública con un contenedor de recogida de residuos procedentes de una obra.

2. ¿Quién lo puede solicitar?

Personas físicas, jurídicas o comunidades de bienes o propietarios que, siendo titulares de una licencia de obras, precisen la retirada de escombros mediante la colocación de un contenedor en la vía pública del término municipal de Valencia.

3. Cuando solicitarlo.

Cuando se disponga de la correspondiente licencia de obras y siempre antes de la colocación del contenedor.

En el supuesto de que la licencia de obras menores se sujeten al procedimiento de actuaciones comunicadas, el contenedor no se podrá colocar antes de que transcurra el plazo de díez dias que la normativa prevé para iniciar las obras, desde la fecha de entrada de dicha actuación en el registro de la Junta municipal correspondiente, o un mes si tiene entrada en cualquier otro registro municipal.

4. Documentación a presentar

Instancia de Comunicación de ocupación de vía pública con contenedor de recogida de escombros, según modelo normalizado, acompañado de la siguiente documentación:

  • Fecha de instalación y retirada prevista.
  • Datos del inmueble afectado por las obras.
  • Plano o croquis a mano alzada, grafiando la ocupación que se pretende, y los elementos de mobiliario urbano afectado, anchura de paso para peatones, etc.
  • Plano de emplazamiento.
  • Copia de la licencia de obras o datos identificativos de la misma (número de expediente o similar).
  • Justificante acreditativo de haber realizado, en su caso, el ingreso previo de la tasa correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ordenanza Fiscal vigente.

5. Tasas.

Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial de bienes de dominio público municipal con mercancías, materiales de construcción, puestos, barracones, espectáculos y otras instalaciones análogas.

    Plazo de ingreso: Cuando se efectúe la solicitud del contenedor.
    Cuantía para 2012: 0,29 € por m2 o fracción/día.

En DG Arquitecto en Valencia podemos tramitarle todo el proceso, o si así lo prefiere facilitarle la documentación gráfica requerida.


Solo tiene que ponerse en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono: 629196714 mandando un Email: dgarquitectovalencia@gmail.com o nuestro formulario de contacto.

Y lo antes posible acudiremos para tomar todos los datos necesarios.


MAS INFORMACIÓN EN : AYUNTAMENTO DE VALENCIA


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Daniel González López